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20 de noviembre de 2012

FALLO INVASIVO E INCONGRUENTE





Por Rafael Rodríguez-Jaraba
OPINIÓNSobrecoge la falta de ideas, fundamentos y argumentos del
Gobierno ante el fallo de la Corte Internacional de Justicia.
Martes 20 Noviembre 2012




Es claro, que el fallo es incongruente frente a las pretenciones del litigio;
quebranta principios rectores del Derecho Internacional y del Derecho del Mar;
invade la autonomía y autodeterminación de las naciones; y, crea una nueva
y muy peligrosa doctrina y jurisprudencia en materia de delimitación de aguas
territoriales y zonas económicas exclusivas.

Seguidamente enumero las razones legales que fundamentan mis reparos
al fallo, las cuales considero que el Gobierno debería evaluar para interponer, 
de manera inmediata, solvente y suficiente, Recurso de Aclaración. 

 Mediante este recurso se debe inducir a la Corte, a la “revisión” del fallo,
 por quebrantar principios del Derecho Internacional y alterar el orden jurídico 
 internacional, pudiéndose desatar con ello, inestabilidad y zozobra en los tratados
 internacionales, y, múltiples litigios territoriales. 

1. A pesar de que el litigio no versaba sobre la vigencia del
 Tratado Esguerra-Bárcenas, la Corte tácitamente lo derogó,
 creando un antecedente invasivo a los principios internacionales 
 de soberanía,        autodeterminación y “Pacta Sunt Servanda”. 

2. La Corte carece de potestad para derogar tratados internacionales  
vigentes, suscritos entre naciones soberanas. 

3. Con su fallo la Corte crea una nueva y muy peligrosa doctrina,
 y un antecedente jurisprudencial, que podría servir de fundamento para desatar múltiples
 litigios internacionales. 

4. El fallo es “incongruente”, por conceder a Nicaragua “ultra y extra petita”.
 (más y adicional a lo pretendido) 

5. El fallo desconoce derechos adquiridos; posesión quieta y tranquila; y, “statu quo” 

6. La Corte de manera flagrante desatendió principios internacionales
 que rigen la delimitación de las áreas marinas adyacentes a costas y
 archipiélagos. (Mar territorial, zonas contiguas y zonas económicas exclusivas) 

7. El fallo afecta derechos de Colombia con terceros países y puede llegar
 a desencadenar nuevos conflictos. 

8. A pesar de que Colombia, desde hace varios años renunció
 a la Jurisdicción de la CIJ, está obligada a acatar el fallo por no 
 haber denunciado el Tratado Internacional sobre Resolución Pacífica de
 Conflictos sobre Areas Marinas. 

9. Colombia debe solicitar la aclaración del fallo e inducir a la Corte a su
 “revisión” por las siguientes razones legales: 

A. Desconoce el Tratado Esguerra-Bárcenas. 
B. Está viciado de nulidad por incongruencia (ultra y extra petita). 
C. Invade el derecho de autodeterminacion de las naciones. 
D. Desconoce hechos, evidencias y pruebas. 
E. Desconoce derechos ciertos e inalienables. 
F. Desconoce principios fundamentales de Derecho Internacional. 
G. Desconoce principios fundamentales del Derecho del Mar. 
H. Crea una nueva y muy peligrosa doctrina que puede desencadenar múltiples
litigios internacionales. 
I. Altera el orden jurídico internacional. 

Además Colombia debe alegar, que el fallo desconoce el “statu quo” y
causa graves daños económicos sobrevinientes, ajenos a la causa del litigio, como 
consecuencia del despojo de una zona económica exclusiva sobre la cual Colombia
ejerce plena soberanía. 

El fallo solamente quedará en firme, cuando se haya surtido y decidido 
el Recurso de Revisión. 

Colombia oficialmente debe manifestar, que de no corregir la Corte sus yerros
se abstendrá de acoger el fallo, y de ser necesario, denunciará ante la
Organización de las Naciones Unidas el quebrantamiento del orden jurídico
internacional por parte de la Corte Internacional de Justicia. 

Colombia no puede renunciar a su territorio, como resultado de una
decisión contraria a derechos y viciada de nulidad. 
Ojalá que esta vez el Gobierno escuche, actúe en derecho y no
pretenda hacer política con este grave insuceso que mutila el territorio nacional. 

*Abogado especializado en Derecho Comercial, Financiero y del 
Comercio Internacional. Director de Rodriguez-Jaraba & Asociados.
Profesor Universitario. .

18 de septiembre de 2012

QUE VIVA EL PROCURADOR ORDOÑEZ Y SUS PROCURADORAS DELEGADAS!!!



De antemano queremos decir que NO estamos de acuerdo con el fanatismo religioso, ni el mezclar las creencias religiosas personales con las funciones encomendadas a cumplir, en un cargo en el que debe prevalecer el interes común y no el personal.

Pero como dice el dicho: ya untado el dedo, untada toda la mano. Y a pocos en Colombia los que defienden a capa y espada sus creencias o necesidades! Bien sean políticas, religiosas, culturales, economicas o sociales. Sin importar de que indole siempre se arriman al sol que mas los alumbre. Dejando de lado cualquier tipo de creencia. Por miedo? Por comodidad? Por neglicencia? POR LAS TRES!!!
PROCURADOR ALEJANDRO ORDOÑEZ


SI, un SI rotundo al Procurador Ordoñez y las Procuradoras Delegadas Ilva Miryam Hoyos y Maria Eugenia Carreño. Por defender aun a costa de ordenes de las Altas Cortes y del mismo Presidente Santos; sus posiciones ante unas creencias que ellos consideran deben defender. 


Ilva Miryam Hoyos
Como sería de distinta Colombia si las personas defendieran con tanta vehemencia sus ideales. No dejarian que los jefes se aprovecharan de sus cargos para explotar a los empleados, no se permitiria que existiera un congreso corrupto y vendido. Y varios presidente hubieran caido, si tuvieramos los cojones que tienen el Procurador y sus delegadas para defender sus posiciones. Pero no, por que somos un pais de mediocres que criticamos a quienes defienden sus creencias pero permitimos que nuestros representantes sigan haciendo lo que se les da la gana aun a costa de las mismas leyes que tanto quieren promulgar.
Maria Eugenia Carreño

Pues como veran más adelante las primeras que se arriman al sol que mas les alumbra, AUN EN CONTRA DE LA LEY, son las altas cortes fallando en contra de ellos mismos y sus conceptos; y a ellos NADIE les dice nada, ni los ponen en la picota pública como los han hecho con el Procurador y sus delegadas.

Eluden y acomodan las cosas de la manera más folklorica y conveniente a sus intereses. No sabemos exactamente cuales, puesto que existen variadas formas para lograr fallos a favor o en contra. En el caso de las mujeres: magistradas y jueces que “necesitadas de” se venden hasta por una caricia… otr@s más agallud@s o menos “necesitad@s” tienen tarifas bastante altas para emitir sus fallos. Pero que en Colombia la justicia tiene precio y tarifa, y las leyes, los primeros que las violan son los que las deben impartir, es una macabra realidad. Como se vera a continuación.


 “La Ley 1437 del 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) consagró el “recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia”, con el fin de asegurar la unidad de interpretación del derecho, su aplicación uniforme y garantizar los derechos de las partes y de los terceros que resulten perjudicados con una providencia.

En una sentencia de tutela reciente, la Corte Constitucional precisó que este instrumento se fundamenta en los principios de economía, celeridad, eficacia e imparcialidad, que aseguran el carácter vinculante de los precedentes judiciales.

Además, advirtió que cuando el juez contencioso administrativo adopta una decisión que supone un cambio de jurisprudencia, debe exponer un alto grado de argumentación y fundamentación jurídica, pues esta opción, en principio, está reservada para los tribunales y las cortes de cierre.

Por otra parte, explicó que el juez puede apartarse del precedente jurisprudencial, siempre y cuando demuestre que la diferencia entre los casos analizados es tal, que supone la resolución de problemas jurídicos distintos”.WWW.AMBITOJURIDICO.COM

JUEZ EMITIÓ FALLO EN PROCESO EJECUTIVO, OMITIENDO VALORAR LAS INSTRUCCIONES DE UNA LETRA DE CAMBIO: EXISTIÓ UNA CLARA VULNERACIÓN AL DEBIDO PROCESO. La Corte Constitucional afirmó que en medio del proceso estudiado se demostró que la letra de cambio se suscribió sin existir la respectiva carta de instrucciones, la cual es indispensable para su exigibilidad de conformidad al artículo 620 del Código de Comercio. Por tanto, la Sala concluyó que el Juez demandado incurrió en un defecto fáctico al no evaluar adecuadamente y de conforme a la sana critica las pruebas que practico en el proceso ejecutivo. Por lo anterior se vulneró el derecho fundamental al debido proceso de la actora por los defectos sustancial y fáctico, por cuanto se adelantó en su contra un proceso ejecutivo con un título ejecutivo en blanco que no se diligenció de acuerdo a las instrucciones del girador tal y como lo exige el artículo 620 del Código de Comercio.

CORTE CONSTITUCIONAL
Sentencia T-673
Bogotá D.C., treinta y uno (31) de agosto de dos mil diez (2010).
Referencia: expediente T-2644977”

Se transcribe solo un aparte de una sentencia del Tribunal Superior de Bogotá, que viola flagrantemente lo anteriormente citado. Y es solo un aparte, porque la sentencia es en un todo de lo patética, risible. 
Se omite escribir el radicado completo de la sentencia referida para proteger a la persona que denuncia este hecho.

“3.1. En el caso concreto alego la revisionista que de manera dolosa, el señor apoderado de ………….. en el proceso ejecutivo cursante, no allego con la demanda la carta de instrucciones ni las facturas constitutivas de la obligación incorporada en el titulo valor objeto de cobro compulsivo.

Al respecto ha de advertirse que si bien el artículo 622 del Código de Comercio establece que los títulos valores con espacios en blanco pueden ser diligenciados por su legitimo tenedor conforme a las instrucciones dejadas por el respectivo suscriptor no existe norma sustancial ni procesal por la cual se exija concretamente el deber u obligación por parte del acreedor de allegar junto con la demanda ejecutiva la carta de instrucciones, mucho menos los soportes documentales constitutivos del negocio causal que dio origen al instrumento negocial”.

TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTA – SALA CIVIL-
Radicado: 11001 22 03 000 2011 002... 00
Bogotá D.C Diez y Seis (16) de Mayo de 2012

Omitió la Honorable Sala QUE SI existe norma sustancial y procesal que EXIGE, de acuerdo a la sentencia anteriormente citada. Que de acuerdo a la Ley 1437 de 2011 la jurisprudencia lo manda. Y que a la demanda en mención, de acuerdo a los documentos que nos allegan, se le adjunto la citada sentencia….

Como se comprueba aquí las leyes son para los de ruana y su interpretación para el que más cobra.

Así que Doctor Procurador defienda sus creencias, aunque no estemos de acuerdo en ellas, y muestre a los colombianos que criticar es muy fácil, lo difícil es mantener posiciones. Y que Colombia tendríamos! Con más personas como usted, que no solo predican, también aplican.






5 de septiembre de 2012

EL FANTASMA DE COLMENARES 0-1 PERDIENDO


Como una víctima más me permito manifestar mi inconformismo con respecto a las decisiones absurdas de los jueces, en este caso especifico del juez 11 de conocimiento Germán Suarez. Juez encargado de llevar el caso de Luis Andrés Colmenares.

Negar las pruebas científicas documentales, por extemporaneidad es el absurdo más grande que se puede oír. La labor de la justicia es aplicar la ley, sin importar cuando aparezcan las pruebas para esclarecer y llegar a la verdad cuando la ley se infringe.  Máxime cuando desde siempre se ha solicitado que dichas pruebas se realicen y por falta, desconocimiento, incapacidad, como se quiera poner, las autoridades competentes se han negado a realizarlas.

En el caso en particular, la fiscalía encargada ha solicitado dentro del termino, una inspección contable dentro de una empresa para determinar que hacen negocios fraudulentos; que el que nos compete es uno de varios y que la sumatoria de todos puede llegar a cifras considerables; pero el CTI y la SIJIN se han negado a realizarla aduciendo que el monto por el cual se está solicitando es muy bajo… Más de cien millones de pesos y que adicional no cuentan con los peritos contables para realizarla.

En el caso de Colmenares la fiscalía SI  solicito la realización de las pruebas en el momento indicado, pero no se hicieron sino hasta que el caso se convirtió en noticia de primera plana y para ese momento el “Honorable Sr. Juez 11” ya considero que eran extemporáneas por haberse realizado luego de haberse hecho la audiencia de acusación… Es decir que si las famosas pruebas realizadas exculparan a los actuales acusados y mostrara que no tuvieron nada que ver, demostrando que fueron otros los culpables, de todas formas serán condenados los inicialmente acusados así se demuestre su inocencia y los verdaderamente culpables saldrán libres de todo mal…

Lo extremadamente curioso es que si se aceptaron las testimoniales, de tres personajes que aparecieron de la nada a decir que vieron el crimen…. El Sr. Juez 11 no está enterado que ya la fiscalía reconoció que hay un cartel de testigos, aleccionados y entrenados para decir lo que se quiera decir????

No estoy defendiendo a los acusados, pero impartir la ley con tanto rigor para unas cosas e interpretarla tan folklóricamente para otros es bastante…. ILEGAL y sobre todo CONVENIENTE.

Y también lo digo por el caso que me ocupa. El Tribunal Superior de Bogotá negó unas pruebas de autoridades competentes, disque por extemporaneidad, que comprobaban la ilegalidad de las actuaciones y se baso en los escritos del “sufrido” apoderado de los demandados, los cuales lo único que faltaba que allegaran era su foto rasgándose las vestiduras. Para luego dar una sentencia bien absurda… Aduciendo que fue error de la demandante no haberse defendido de manera debida… Como si eso fuera posible. La ley OBLIGA a ser defendido por un profesional del derecho…. Quien cometió un error garrafal durante el proceso inicial y el paganini de todas formas fue su poderdante. El fresco, feliz y con la plata que cobro en el bolsillo, porque eso si cobro por adelantado, y al final no para defender a la victima sino para hundirla más! Y con la complacencia y beneplácito de las autoridades.

Lo que nos lleva… y OJO SOY LA VICTIMA,  a varias cosas bastante kafkianas y casi de la era de la inquisición: Aunque las victimas merecemos justicia y reparación, los acusados NO SON CULPABLES hasta cuando no se demuestre con pruebas científicas, documentales, y no por CHISMES que en realidad si cometieron un crimen. Que menos mal en nuestro país no existe ni la Cadena Perpetua ni la Condena a Muerte porque qué cantidad de muertos inocentes habrían y qué cantidad de inocentes condenados injustamente.

Pero lo más terrible: Que en Colombia NO EXISTE JUSTICIA porque hasta cometer un crimen de lesa humanidad tiene vencimiento y si se demuestra como se dice en derecho los aspectos de MODO, TIEMPO Y LUGAR  de un crimen, sea el que sea si ya se ha vencido el termino, el culpable o culpables pasan la vida sin pagar por su crimen. Puesto que la mayoría de los delitos en Colombia quedan impunes, ya que los únicos que se resuelven son aquellos que son publicitados y mojan prensa, radio y televisión.!

Así que joven Colmenares es mejor que haga su pronta y fantasmagórica aparición ante el juez 11 de conocimiento, ya que usted si tiene la oportunidad debido a la publicidad que se le ha dado a su caso. Que así sea de ultratumba y bastante increíble su testimonio, va a ser la única manera de esclarecer que fue lo que paso con usted.
Porque negar las pruebas científicas y aprobar las testimoniales, solo le va a servir a la defensa de los acusados, quienes amparados en lo ya conocido del “cartel de testigos”, desvirtuar con gran facilidad los testimonios, algo que con las pruebas científicas documentales es básicamente imposible de hacer. Así que va 0-1 perdiendo usted y la justicia que merece se le haga.

1 de septiembre de 2012

EL FANTASMA DE COLMENARES

LUIS ANDRES COLMENARES

De lo patético resulta risible y casi como un cuento al mejor estilo de Hollywood, pero con un toque bastante criollo que lo convierte más en culebrón venezolano.
Lo último que se está publicando sobre el caso de Luis Andrés Colmenares.

Una muerte violenta más; una de las tantas, por la cual todos los días algún colombiano se ve afectado, pero que se convirtió en un circo mediático.
Del cual sin lugar a dudas, se han lucrado muchos… La prensa, la radio, la televisión…  Sin dejar de contar eminentes juristas, dentro de los cuales se cuentan hasta un Ex – Fiscal General de la Nación. (Lease: La madre de Luis Andres Colmenares habla de lo dura que es su ausencia)

Pero bueno nuestra justicia es así…
PADRES DE LUIS ANDRES COLMENARES
De la nada, se paso de un dictamen dado por Medicina Legal, de suicidio; por un “extraño sueño” que tuvo la madre de la víctima, en el cual le decía que buscara en su cuerpo, ya que él, presentía su mamá no se había suicidado…  A uno de los casos más sonados por muerte violenta, en nuestro país del Sagrado Corazón.

Pero que hilos movió la familia de la víctima para que esto sucediera? Es algo que nadie ha preguntado… Lo que sí se sabe es que es una familia de buenos recursos, y que Luis Andrés era estudiante de una de las universidades más prestigiosas y costosas del país, la Universidad de los Andes en Bogotá.

Lograron la exhumación del cadáver de su hijo, para que se le realizara una nueva autopsia; la cual determino, de acuerdo a los expertos, que lo soñado por la Sra. madre del joven Colmenares estaba en lo correcto, por lo cual ahora y desde hace casi un año, hay dos muchachas detenidas con prisión domiciliaria, como medida preventiva; y otro, Cárdenas, pasara un poco más de un mes detenido en centro carcelario; quien además se supone ser el autor material del hecho junto con algunos de los escoltas de las muchachas detenidas.
CARLOS CÁRDENAS
Acusado por homicidio agravado, pero liberado en poco tiempo por el Ex Fiscal Iguaran, quien al parecer lo que le sirvió de sustento para lograr la libertad de su defendido, fueron pruebas encontradas por la defensa de Jessy Quintero y Laura Moreno, aunque ellas aun permanecen detenidas…. detenidas por homicidio en coautoría impropia la primera, y la segunda por falso testimonio y encubrimiento.
MARIO IGUARAN
LAURA MORENO Y JESSY QUINTERO

Esta es la historia resumida… Hasta ahí hay algunos vacios como son: Y de los escoltas qué??? Se desaparecieron mágicamente o por ser escoltas tiene “licencia legal” para matar??? Como hicieron los padres de Colmenares para que un caso de suicidio se reabriera??? Y… Se libera al supuesto asesino pero no a sus supuestas cómplices???? Preguntas que estamos seguros quedaran sin respuesta.
El juicio contra estas tres personas inicia este lunes y aquí viene lo gracioso:
La noticia que hoy han difundido los medios escritos, avalado por otro medio de comunicación: el amarillista programa Séptimo Día, de Manuel Teodoro, quien no emite nada que no salpique de sangre al menos una de sus cámaras, los vecinos del sector del caño del Virrey donde fue encontrado el cadáver de Colmenares y hasta algunos miembros de la Policía Nacional. En el sitio están ocurriendo fenómenos extraños!!!!(Lease:Reportan extraños fenómenos donde se halló cuerpo de Luis Colmenares) Por lo cual los vecinos del sector no hablan en sus casas del caso porque los "objetos empiezan a volar" y los policías de la estación cercana al caño tuvieron que llamar cura para que bendijera el sitio y ahora hay una cruz… Pero no en memoria de Colmenares sino para protección de los policías.

Será, que el juez o la juez encargada del caso, aducirá en su fallo la aparición del fantasma de Colmenares quien le contara quienes fueron sus victimarios????

Sería un buen final para esta historia jurídica; una caricatura más de lo que en Colombia es la justicia:
LUIS ANDRES COLMENARES

Un sueño de una madre compungida, logro abrir una investigación de la magnitud hasta ahora relatada por los fiscales encargados del caso; entonces porque no se puede cerrar con broche de oro, con una condena emitida por un juez el cual sustente sus argumentos en las “declaraciones” de un fantasma… Si además ya la fiscalía admitio que existe un "cartel de testigos". 
Faltaba más que no le fueran a dar credibilidad y no sea avalada por nuestros “eminentes, honestos, sabios e imparciales” jueces y magistrados que conforman la rama judicial los "testimonios" de un fantasma, que ademas regresa a que se le haga justicial!!! 

10 de febrero de 2012

LA SENTENCIA DE PLAZAS VEGA: UN GOLPE DE ESTADO DE LA RAMA JUDICIAL?

En Colombia y como están las cosas es preferible ser secuestrado por la guerrilla que caer dentro del “sistema” Judicial. Al menos como secuestrado se sabe a ciencia cierta la suerte que se va a correr, por horrible que esta sea; pero ingresar al sistema judicial es todo un albur y en la mayoría de los casos resulta más espeluznante que permanecer secuestrado en plena selva. Dependemos de la INTERPRETACION de las leyes de los “honorables funcionarios” juzgadores y de acuerdo a un comunicado publicado por la misma Rama, las decisiones de sus miembros son indiscutibles, irrebatibles y de “Estricto Cumplimiento”.

Aun cuando estas decisiones violen TODOS los principios democráticos y jurídicos. Empezando por la Constitución. Pasando por encima de todos los principios y valores de un supuesto Estado Social de Derecho. Cuando los funcionarios de la Rama amparando sus decisiones en los principios De Acierto y De Legalidad, rompen flagrantemente estos principios al INTERPRETAR  la ley, desechando lo evidente y aplicando lo amañado.

No habíamos vuelto a hacer comentario alguno de los aconteceres jurídicos desde finales del año pasado. No porque no hubiera que comentar. Todo lo contrario, sino porque es tan espeluznante lo acontecido que comentarlo y en el estado en el que están las cosas, produce miedo siquiera decir algo.
Si MIEDO, miedo a hablar porque no se sabe la suerte que se pueda correr por usar el derecho a la libre expresión. En una país donde la palabra derecho, no es sino eso, una palabra más del diccionario porque es violado permanentemente. Juzgado y castigado duramente. Y esto sucede cuando los miembros del colegiado de la Rama Judicial no buscan hacer justicia sino generar venganzas, cobra o pagar favores.

No solo es la absurda sentencia al Coronel Plazas Vega, lo único acontecido en este tiempo. Es el caso del alumno de los Andes, el cual también tiene muchos vacios y más chismes aún… Perdón declaraciones.
Lo es también el caso del muchacho grafitero; o las millonarias indemnizaciones pagadas a falsas víctimas de una masacre, pagos gestados por un colegiado de abogados y avalados por uno de los estamentos de la Rama, en cabeza de uno de sus “honorables funcionarios”. Esto último deja de manifiesto la forma en que se avalan las pruebas documentales y solo se tiene en cuenta las testimoniales, por las cuales ya se ha visto la cantidad de personas condenadas por falsas denuncias.

Lo más complicado de todo esto, es que, y no para justificar a nadie; estamos en manos del millonario negocio del narcotráfico y su nefasta influencia. Que no acabó con la muerte de Pablo Escobar o la entrega de los Rodríguez Orejuela; solo cambio de mano.

Paso a manos más complicadas, porque además se supone que tienen “ideologías políticas”. Y reza un dicho: que no hay nada más peligroso que un ignorante con iniciativa. Y esas supuestas ideologías y lucha por una Colombia mejor solo se resumen en una sola palabra: PODER! Y ese ahora el único que lo da es el dinero, no las ideologías.

Tanto las AUC como las FARC, no son sino narcotraficantes disfrazados. Lobos con piel de oveja, haciéndole creer al analfabeta e ignorante pueblo colombiano que luchan por darles un mejor vivir.
Quizás eso fuera cierto en el momento de su concepción, pero una utopía y un sofisma de distracción desde hace mucho tiempo.

No es desconocido, sin poderlo afirmar a ciencia cierta, que personas como el ex presidente Uribe tuvo que defenderse y defender a su familia de las crueldades de la guerrilla; que eso lo haga parte de las AUC no lo podemos afirmar, pero  el entredicho de tener que defenderse, ya da un gran medida para al menos considerarlo. Y no es secreto para nadie que para las AUC  su mayor fuente de ingresos es el narcotráfico.
Que opción le quedaba en ese momento a la Rama para nivelar la balanza?
Tampoco se puede afirmar que la Rama se haya vendido a las FARC, reconocidos narcotraficantes y terroristas, pero si hay varias situaciones que también dan parámetros para imaginarlo: La sentencia de la Corte en cuanto a los computadores de Reyes es otra sentencia bastante absurda; la fiscal Buitrago ahora trabajando de la mano con Petro conocido exguerrillero del M-19. Varios magistrados son miembros del Polo Democrático, partido político creado precisamente por ex guerrilleros… Y definitivamente señores: el que es no deja de ser. 

Colombia no es la excepción de la situación mundial, con un agravante: en Colombia la constante desde Bolívar hasta nuestros días, como lo ha sido a través de la historia de los países conformados por la Gran Colombia, es que les gusta la plata fácil. Y aquí no estamos hablando precisamente de tres pesos. Y en Colombia, muy contadas excepciones, todo tiene precio; desde las personas, pasando por las instituciones y terminando con la vida humana.

Somos un país de barbaros y sanguinarios al mejor estilo de una película de Quentin Tarantino. La premisa moral más grande es el poder, sin importar que se requiera para conseguirlo.

La Rama Judicial no tiene que dar de frente un golpe de estado porque tiene de por sí ya el poder en su mano, condenando y sacando del ruedo a quien no les convenga; y con más beneficios económicos legales, incluso más que el mismo poder ejecutivo, superando en su sistema por mucho los beneficios laborales y pensiónales de TODOS los demás colombianos.

Aquí no se trata de que el ejecutivo salga a “cuestionar” los accionares del judicial. Que el legislativo tenga que cazar pelea alguna con el ejecutivo y el judicial para poder legislar con transparencia o que el judicial deba “salir a DEFENDER sus actuaciones”.
Mientras las leyes sean aplicadas y no interpretadas, sin violar la Constitución no existe la necesidad de cuestionarlas. En tanto las reformas o nuevas leyes sean debatidas buscando el bien común y no el individual, no deben ser objeto de pelea alguna. Y mientras los miembros del ejecutivo se dediquen a realizar la labor para la cual fueron elegidos, el judicial o el legislativo no tiene porque intervenir.

Es que en un Estado Social de Derecho, en una DEMOCRACIA REAL, los tres poderes deben ir de la mano, unidos para buscar el bien común.
En Colombia, y ahora más que nunca esto no se da.

El MIEDO  es la constante, es lo que genera el terrorismo. Y el terrorismo no siempre nace de las bombas o ataques violentos. El peor MIEDO es el que genera el silencio, lo oculto.
Dentro de un sistema donde la justicia se maneja como una de las formas de jugar póker, a juego tapado; donde las partes de un proceso no pueden conocer las actuaciones del contrario y son sujetas a la interpretación y decisiones de los que aplican la ley y no a la aplicación de la ley misma, termina en una sola premisa: la del TERRORISMO  y si este viene de los mismos que nos gobiernan es retroceder a la época de la Santa Inquisición.

Y lo más espelúznate por darle un suave calificativo a la situación, es que la misma sentencia de Plazas Vega, solicitado por el Tribunal Superior de Bogotá, que sea una Corte Internacional la que ejerza justicia, lo deja de presente. Dándoles también la razón a los funcionarios que son requeridos y que han huido del país, buscando asilo en otros países, aduciendo que solicitan el asilo porque en Colombia se viola flagrantemente el derecho al debido proceso y que no se da garantía alguna de ser juzgados con imparcialidad.

Aunque reza otro dicho: LA HISTORIA A TRAVES DEL TIEMPO SIEMPRE TIENDE A REPETIRSE. Qué tristeza que solo se repita para volver a lo malo y no para lo bueno!